Art. Disposición transitoria decimoctava
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición transitoria decimoctava

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En vigor desde 1 ene 1998
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno remitirá al Congreso de los Diputados un proyecto de ley de reforma de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, en el que, entre otros aspectos, se tenga en cuenta las recomendaciones efectuadas por la Comisión Europea con fecha 12 de mayo de 1995, relativas a los plazos de pago en las transacciones comerciales.
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