Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición adicional sexta
128 / 209En vigor desde 29 jun 2000
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria única.a).5 del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio. Ref. BOE-A-2000-12140 Se añade el párrafo segundo por la disposición adicional 12 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1998-30155
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1997/12/30/66#disposicion-adicional-sexta