Art. 78
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Creación del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras

Art. 78

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En vigor desde 1 ene 1998
Se crea el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras como organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, adscrito al Ministerio de Industria y Energía a través de la Secretaría de Estado de Energía y Recursos Minerales.
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eli/es/l/1997/12/30/66#art-78