Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
2 / 122En vigor desde 1 ene 1998
Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los entes mencionados en los apartados a), b), c), d) y e) del artículo anterior, se aprueban créditos en los capítulos económicos I a VIII, por importe de 30.980.516.337 miles de pesetas, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por funciones de los créditos de estos programas es la siguiente, en miles de pesetas:
Agrupación por funciones del presupuesto de gastos
Capítulos I a VIII
(En miles de pesetas)
Funciones Capítulos I a VIII Alta Dirección del Estado y del Gobierno 43.613.619 Administración General 56.762.223 Relaciones Exteriores 137.383.709 Justicia 211.801.630 Protección y Seguridad Nuclear 5.145.966 Defensa 840.623.915 Seguridad y Protección Civil 591.454.981 Seguridad y Protección Social 12.128.523.710 Promoción Social 477.447.052 Sanidad 3.905.326.888 Educación 1.027.763.786 Vivienda y Urbanismo 113.740.422 Bienestar Comunitario 52.230.260 Cultura 102.164.749 Otros Servicios Comunitarios y Sociales 10.139.879 Infraestructuras Básicas y Transportes 1.140.897.001 Comunicaciones 43.930.205 Infraestructuras Agrarias 37.978.663 Investigación Científica, Técnica y Aplicada 313.687.025 Información Básica y Estadística 33.847.753 Regulación Económica 290.364.357 Regulación Financiera 266.377.727 Agricultura, Ganadería y Pesca 1.072.108.413 Industria 106.340.533 Energía 6.320.110 Minería 151.735.056 Turismo 15.223.762 Comercio 147.343.973 Transferencias a Administraciones Públicas Territoriales 3.508.266.687 Relaciones Financieras con la Unión Europea 952.215.000 Deuda Pública 3.189.757.283 Total 30.980.516.337
Dos. En los estados de ingresos de los entes referidos en el apartado anterior, se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado, expresado en miles de pesetas, se recoge a continuación:
(Miles de pesetas)
Entes Capítulos económicos Capítulos I a VII Ingresos no financieros Capítulo VIII Activos financieros Total ingresos Estado 16.125.772.552 108.974.700 16.234.747.252 Organismos autónomos administrativos 2.142.125.528 38.536.058 2.180.661.586 Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos 1.257.156.408 338.782 1.257.495.190 Seguridad Social 8.721.967.472 13.300.000 8.735.267.472 Entes del artículo 1.e) de la presente Ley 22.132.604 11.579.356 33.711.960 Total 28.269.154.564 172.728.896 28.441.883.460
Tres. Para las transferencias internas entre los entes referidos en el apartado uno de este artículo, se aprueban créditos por importe de 5.664.748.483 miles de pesetas, con el siguiente desglose por entes:
(Miles de pesetas)
Transferencias según origen Transferencias según destino Estado Organismos autónomos administrativos Organismos autónomos comerciales Seguridad Social Entes del artículo 1.e) de la presente Ley Total Estado – 525.361.392 163.861.441 4.038.692.542 128.196.104 4.856.111.479 Organismos autónomos administrativos 24.211.000 442.000 68.000 425.386 – 25.146.386 Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos 246.879.516 5.625.000 465.385 2.785 – 252.972.686 Seguridad Social 260.056.932 – – 270.461.000 – 530.517.932 Entes del artículo 1.e) de la presente Ley – – – – – – Total 531.147.448 531.428.392 164.394.826 4.309.581.713 128.196.104 5.664.748.483
Cuatro. Los créditos incluidos en los programas y transferencias entre subsectores de los estados de gastos aprobados en este artículo, se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de pesetas, según se indica a continuación:
(Miles de pesetas)
Entes Capítulos económicos Capítulos I a VII Gastos no financieros Capítulo VIII Activos financieros Total gastos Estado 18.139.555.609 1.042.905.910 19.182.461.519 Organismos autónomos administrativos 2.711.619.013 471.315 2.712.090.328 Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos 1.418.230.499 347.725 1.418.578.224 Seguridad Social 13.135.256.888 34.969.797 13.170.226.685 Entes del artículo 1.e) de la presente Ley 161.828.564 79.500 161.908.064 Total 35.566.490.573 1.078.774.247 36.645.264.820
Cinco. Para la amortización de pasivos financieros, se aprueban créditos en el capítulo IX de los estados de gastos de los entes a que se refiere el apartado uno, por importe de 4.352.410.176 miles de pesetas, cuya distribución por programas se detalla en el anexo 1 de esta Ley.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/1997/12/30/65#art-2