Art. 90
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª Seguros, Planes y Fondos de Pensiones

Art. 90

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En vigor desde 6 nov 2004
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria única.e) del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre. Ref. BOE-A-2004-18908 .

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Pro

eli/es/l/2003/12/30/62#art-90