Art. Disposición adicional única
Título TÍTULO IX

Art. Disposición adicional única

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En vigor desde 26 mar 2004
Esta ley será de aplicación supletoria al arbitraje a que se refiere la Ley 26/1984, de 19 de julio, general de defensa de consumidores y usuarios, que en sus normas de desarrollo podrá establecer la decisión en equidad, salvo que las partes opten expresamente por el arbitraje en derecho.
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eli/es/l/2003/12/23/60#disposicion-adicional-unica