Capítulo CAPÍTULO III
Art. 10
10 / 34En vigor desde 30 may 2026
Los instrumentos de ámbito general y sectorial que deben articular la participación, la interlocución, la intervención, la implicación y la colaboración entre las organizaciones del tercer sector social y las Administraciones públicas son, como mínimo:
a) El Consejo de Diálogo Civil de Cataluña, como espacio estable de participación y diálogo civil entre el tercer sector social y las Administraciones públicas de Cataluña, de ámbito general o sectorial.
b) La participación y la representación de las entidades del tercer sector social en órganos colegiados, concretamente en el Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña, en los términos establecidos por la Ley 7/2005, de 8 de junio, del Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña, y en el Consejo del Asociacionismo y el Voluntariado de Cataluña, en los términos establecidos por la Ley 11/2023, de 27 de diciembre, de fomento del asociacionismo, y la Ley 25/2015, de 30 de julio, del voluntariado y el asociacionismo, así como en las comisiones y grupos de trabajo, tanto de ámbito local como supralocal, en los que se traten políticas públicas y sociales que afecten a los ámbitos de actuación del tercer sector social, de acuerdo con la normativa aplicable.
c) La comparecencia anual de las entidades del tercer sector social ante la comisión parlamentaria pertinente para informar sobre la situación y la evolución del sector y formular propuestas de mejora de las políticas públicas sociales.
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Proeli/es-ct/l/2026/05/28/6#art-10