Art. Disposición adicional cuarta
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 7 mar 2026
La constitución y puesta en funcionamiento de la Comisión en materia de prevención de las adicciones de las personas menores en Galicia no generará aumento de los créditos presupuestarios asignados a la consejería con competencias en materia de sanidad.
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