Art. 12
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 12

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En vigor desde 7 mar 2026
1. Los ámbitos prioritarios de prevención para la disminución de la demanda son: a) El ámbito familiar. b) El ámbito educativo. c) El ámbito comunitario. d) El ámbito sanitario. e) El ámbito de la hostelería y restauración. f) El ámbito de intervención en colectivos de especial vulnerabilidad. 2. Las medidas que se establezcan en los planes de actuación que las administraciones públicas gallegas promuevan habrán de ser transversales y tendrán en consideración los seis ámbitos prioritarios de prevención.
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eli/es-ga/l/2025/12/23/6#art-12