Art. 24
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 1.ª Medidas generales

Art. 24

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En vigor desde 10 dic 2024
1. La Generalitat posibilitará que la ciudadanía pueda acceder a toda la información generada por la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental, a través de un único punto electrónico, el Punto de Acceso General de la Generalitat, y desde una perspectiva omnicanal. 2. Asimismo, se ofrecerá información y servicios integrados y completos de los trámites y procedimientos del conjunto de las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana. 3. Los procedimientos administrativos y servicios se pondrán a disposición de la ciudadanía a través del Catálogo de procedimientos de la administración y el sector público instrumental de la Generalitat. La información se publicará de forma actualizada, completa y redactada con un lenguaje claro y sencillo. 4. Los procedimientos se clasificarán por temas y, en su caso, por un interés relacionado con un hecho o circunstancia vital de la ciudadanía o momento relativo al inicio o al desarrollo de una actividad. 5. La Generalitat impulsará la implantación de un sistema de información y tramitación guiada que facilitará a la ciudadanía conocer la información sobre los procedimientos administrativos de los órganos y entidades públicos e iniciar su tramitación. 6. Se ofrecerán, de acuerdo con la evolución de la implantación del gobierno del dato, servicios proactivos y personalizados sobre la base de la información obtenida y elaborada por los órganos y entidades del sector público en el ejercicio de potestades administrativas, garantizando la protección de los datos personales y el conjunto de los derechos y las libertades de las personas interesadas.
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eli/es-vc/l/2024/12/05/6#art-24