Art. Disposición transitoria única
Título TÍTULO V

Art. Disposición transitoria única

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En vigor desde 25 mar 2023
Las ratios mínimas de profesionales establecidas en la presente ley se alcanzarán progresivamente en el plazo de cinco años desde su entrada en vigor.
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eli/es-ri/l/2023/03/22/6#disposicion-transitoria-unica