Art. 136
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VII

Art. 136

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En vigor desde 3 dic 2023
1. En el procedimiento de adjudicación de la explotación de bienes y derechos mediante subasta o concurso público deberá aportarse al expediente un pliego de condiciones. 2. El pliego de condiciones se someterá a informe de la Asesoría Jurídica y la propuesta de explotación, cuando el importe del pago anual exceda de doce mil euros, a informe de la Intervención. 3. Las normas de la sección 2.ª y 3.ª del capítulo VI de este título serán de aplicación supletoria.
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