Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 20
20 / 100En vigor desde 10 ago 2022
1. El Sistema Archivístico de las Illes Balears es el conjunto de órganos de las administraciones públicas y de subsistemas autónomos, relacionados entre sí por órganos de coordinación, que garantizan la identificación, la gestión, la conservación, la protección, el acceso y la difusión del patrimonio documental de las Illes Balears.
2. El Sistema Archivístico de las Illes Balears prevé la descentralización, dada la particularidad de los territorios insulares, y la coordinación y la cooperación entre los subsistemas archivísticos para garantizar el mantenimiento de criterios homogéneos de actuación.
3. El consejo insular respectivo es el encargado de la planificación y la coordinación de los archivos de su competencia.
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Proeli/es-ib/l/2022/08/05/6#art-20