Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª De las sanciones
Art. Disposición transitoria quinta
102 / 115En vigor desde 31 mar 2023
1. Los instrumentos de ordenación ambiental, de los recursos naturales, territorial, urbanística y sectorial que hayan iniciado su tramitación antes de la entrada en vigor de la presente ley podrán continuar su tramitación conforme a la normativa anterior hasta su aprobación definitiva.
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Proeli/es-cn/l/2022/12/27/6#disposicion-transitoria-quinta