Art. Disposición final cuarta
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª De las sanciones

Art. Disposición final cuarta

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En vigor desde 31 mar 2023
Las administraciones públicas de Canarias, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán establecer las normas adecuadas para simplificar y agilizar la ejecución de los proyectos de energías renovables y su conexión a las redes energéticas, así como aquellas instalaciones de la red de transporte necesarias para la integración en el sistema eléctrico de estas energías.
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