Art. Disposición adicional tercera
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª De las sanciones

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 26 jun 2024
1. (Suprimido) 2. Las administraciones públicas competentes, en el caso de concentración de vehículos en centros educativos adoptarán medidas de ordenación para garantizar la movilidad sostenible. Se suprime el apartado 1 por el art. único.54 del Decreto-ley 5/2024, de 24 de junio. Ref. BOE-A-2024-23635

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eli/es-cn/l/2022/12/27/6#disposicion-adicional-tercera