Art. 79
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª De las infracciones

Art. 79

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En vigor desde 26 jun 2024
Constituyen infracciones administrativas en materia de cambio climático las acciones u omisiones tipificadas como tales en la presente ley y que se califican como leves, graves y muy graves. Se modifica con el contenido del anterior , por el art. único.48 del Decreto-ley 5/2024, de 24 de junio. Ref. BOE-A-2024-23635

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eli/es-cn/l/2022/12/27/6#art-79