Título TÍTULO PRELIMINAR›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 105En vigor desde 17 mar 2021
1. Constituye el objeto de esta ley la regulación de la producción y gestión sostenible de los residuos, potenciando medidas que prevengan su producción y disminuyan los impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente, vinculados a su generación y gestión, al tiempo que se fomenta el uso sostenible de los recursos y la transición hacia una economía circular y baja en carbono en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. Además, es objeto de esta ley regular el régimen jurídico de los suelos contaminados aplicable en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2021/02/17/6#art-1