Art. Disposición adicional quinta
Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición adicional quinta

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En vigor desde 19 nov 2021
1. Las administraciones implicadas, Generalitat Valenciana y Ayuntamiento de Elche, contribuirán por partes iguales a la financiación del Patronato del Palmeral de Elche, para el cumplimiento de sus funciones y de esta ley. 2. Del mismo modo, las administraciones implicadas, Generalitat Valenciana y Ayuntamiento de Elche, contribuirán por partes iguales a los gastos derivados del mantenimiento de los bienes tutelados de propiedad pública, con independencia de cuál sea la administración propietaria. 3. A tal fin, ambas administraciones dotarán sus presupuestos anuales de partidas con los importes necesarios.
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