Art. Disposición adicional cuarta
Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 19 nov 2021
La Generalitat y el Ayuntamiento de Elche promoverán la definición jurídica de los conceptos «Palma Blanca de Elche» y «Dátil de Elche», a efectos de promover, en su caso, el reconocimiento de ambas denominaciones de origen por el órgano competente.
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