Art. Disposición adicional primera
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional primera

25 / 31
En vigor desde 24 jun 2020
El departamento competente en materia de fiscalidad debe estudiar el establecimiento de reducciones en el impuesto de sucesiones y donaciones que beneficien a los propietarios de olivos monumentales.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2020/06/18/6#disposicion-adicional-primera