Art. Disposición adicional quinta
Título TÍTULO V

Art. Disposición adicional quinta

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En vigor desde 23 abr 2019
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley la regulación de los órganos colegiados integrados o adscritos a la consejería competente en materia de agricultura deberán prever su composición paritaria, así como recoger la perspectiva de género en todas las funciones que desarrollen.
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