Art. Disposición adicional primera
Título TÍTULO V

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 23 abr 2019
Las disposiciones de la Ley 4/2015, de 9 de marzo, de los órganos de gestión de las figuras de calidad de productos agrícolas, alimenticios y agroalimentarios no vínicos, serán de aplicación a los órganos de gestión de productos vínicos, no configurados como corporaciones de derecho público.
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