Título TÍTULO V
Art. Disposición final cuarta
87 / 87En vigor desde 6 oct 2019
La presente ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», a excepción de lo previsto en el artículo 34 cuya entrada en vigor tendrá lugar el día siguiente al de su publicación.
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Proeli/es-mc/l/2019/04/04/6#disposicion-final-cuarta