Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 47
47 / 87En vigor desde 6 oct 2019
Se garantiza el ejercicio de los derechos sindicales a todos los efectivos de los Cuerpos de Policía Local en los términos que determine la legislación vigente.
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Proeli/es-mc/l/2019/04/04/6#art-47