Art. 17
Título TÍTULO III

Art. 17

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En vigor desde 18 dic 2019
La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha fomentará la afiliación de las mujeres agricultoras y ganaderas a la Seguridad Social mediante ayudas y subvenciones destinadas al abono de las cuotas a la Seguridad Social en el régimen que corresponda a su actividad agraria.
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eli/es-cm/l/2019/11/25/6#art-17