Art. Disposición transitoria primera
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Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 14 jul 2018
Las personas o entidades que ya sean titulares de salas de exhibición no identificadas como «sala X» a la entrada en vigor de esta ley podrán solicitar su inscripción en el Registro Andaluz de Empresas Cinematográficas y de Producción Audiovisual al objeto de facilitar la acreditación del cumplimiento de las obligaciones previstas sobre control de asistencia y rendimientos y cuantas otras se deriven de la aplicación de la presente ley.
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