Art. 80
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Art. 80

80 / 357
En vigor desde 5 jul 2018
Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley, la escala a que hace referencia el párrafo primero del artículo 43 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, será la siguiente: Escala Transmisiones directas – Euros Transmisiones transversales – Euros Rehabilitaciones y reconocimiento de títulos extranjeros – Euros 1.º Por cada título con grandeza 2.781 6.971 16.713 2.º Por cada grandeza sin título 1.988 4.983 11.932 3.º Por cada título sin grandeza 793 1.988 4.783
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2018/07/03/6#art-80