Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 45En vigor desde 11 dic 2018
1. Se crea el Organismo Autónomo Servicio de Emergencias de Cantabria (SEMCA) como órgano para la gestión del servicio autonómico de prevención, extinción de incendios y salvamento y la prestación del servicio público de atención de llamadas de emergencia 112 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
2. El Organismo Autónomo Servicio de Emergencias de Cantabria (SEMCA) se subroga en la totalidad de las relaciones jurídicas, bienes, derechos y obligaciones de la sociedad anónima unipersonal 112 Cantabria.
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Proeli/es-cb/l/2018/11/22/6#art-1