Art. 1

Art. 1

1 / 8
En vigor desde 25 ago 2018
Se crea el Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas del Principado de Asturias, como corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/l/2018/07/18/6#art-1