Capítulo CAPÍTULO II
Art. 6
6 / 19En vigor desde 1 ene 2022
Son sujetos pasivos del impuesto sobre los activos no productivos, a título de contribuyentes, las personas jurídicas y las entidades que, sin tener personalidad jurídica, constituyen una unidad económica o patrimonio separado susceptible de imposición, definidas como obligados tributarios por la normativa tributaria general. En todos los casos el sujeto pasivo debe tener objeto mercantil.
También son sujetos pasivos del impuesto las personas jurídicas y entidades a las que se refiere el párrafo anterior cuando permanezcan en situación de inactividad, salvo que se encuentren en proceso de liquidación y disolución.
Se modifica por el .2 de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre de 2021. Ref. BOE-A-2022-953 Se declara el levantamiento de la suspensión por Auto del TC de 28 de noviembre de 2017. Ref. BOE-A-2017-14160 Téngase en cuenta que se declara la desestimación del recurso por Sentencia del TC 28/2019, de 28 de febrero de 2019. Ref. BOE-A-2019-4443 Se suspende el inciso destacado, desde el 28 de julio de 2017 para las partes en el proceso y desde el 27 de septiembre de 2017 para los demás, por providencia del TC de 19 de septiembre de 2017, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 4063/2017. Ref. BOE-A-2017-10958
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2017/05/09/6#art-6