Capítulo CAPÍTULO IX›Secc. Sección 3.ª Sanciones
Art. 43
43 / 60En vigor desde 23 dic 2017
Cuando la sanción propuesta consista en una multa, el abono del importe de la misma antes de dictarse resolución en el expediente sancionador, supondrá el reconocimiento de la responsabilidad en la comisión de los hechos reduciéndose el importe de la sanción en un 40 por ciento de su cuantía.
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Proeli/es-mc/l/2017/11/08/6#art-43