Art. Disposición transitoria tercera

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 1 ago 2017
Mientras no sea desplazado por los planes generales de ordenación de los municipios de Palma y Llucmajor, mantiene su vigencia el Plan de Reconversión Integral del ámbito de la Playa de Palma, aprobado definitivamente día 24 de abril de 2015. Los elementos incluidos en el catálogo de protección del plan de reconversión citado, se entienden incorporados, respectivamente, a los catálogos o a los planes generales de ordenación de los municipios de Palma y de Llucmajor.
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