Art. Disposición final segunda

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 1 ago 2017
Se introduce una nueva letra en el apartado 3 del artículo 19 de la Ley 2/2016, de 30 de marzo, del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible, con la siguiente redacción: «f) Inversión en rehabilitación de viviendas destinadas a alquiler social con criterios de sostenibilidad energética.»
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