Art. Disposición final primera
Título TÍTULO II

Art. Disposición final primera

6 / 7
En vigor desde 26 oct 2017
Se faculta a la Junta de Castilla y León para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cl/l/2017/10/20/6#disposicion-final-primera