Art. 15
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 15

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En vigor desde 7 jun 2016
Las actividades de fomento y difusión de la economía social, de acuerdo con la orientación del Consejo de la Economía Social de Galicia, se impulsarán especialmente a través de la Red Eusumo para el fomento del cooperativismo y la economía social como instrumento creado por Decreto 225/2012, de 12 de noviembre.
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