Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 18
18 / 40En vigor desde 15 jun 2017
Para ejercer la profesión de Profesora/Profesor de Educación Física en cualquiera de los niveles educativos previstos en la normativa vigente en materia de educación se deberá estar en posesión de la titulación que exija la normativa aplicable.
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Proeli/es-md/l/2016/11/24/6#art-18