Título TÍTULO I
Art. 1
1 / 40En vigor desde 15 jun 2017
1. El objeto de la presente Ley es ordenar y regular los aspectos esenciales del ejercicio de determinadas profesiones del deporte, reconocer cuales son éstas, determinar las cualificaciones y titulaciones necesarias para ejercerlas y atribuir a cada profesión el ámbito funcional específico que le corresponde.
2. La presente Ley tiene por finalidad velar por el derecho de las personas que solicitan la prestación de servicios deportivos a que los mismos se presten aplicando conocimientos específicos y técnicas propias de las ciencias de la actividad física y del deporte que fomenten una práctica deportiva saludable, evitando situaciones que puedan perjudicar la seguridad del consumidor, usuario o deportista o que puedan menoscabar la salud o la integridad física de los destinatarios de los servicios.
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Proeli/es-md/l/2016/11/24/6#art-1