Capítulo CAPÍTULO III
Art. 11
11 / 31En vigor desde 20 may 2016
Las administraciones públicas vascas con responsabilidad en el ámbito de la intervención social adoptarán las medidas necesarias para generar cauces para la participación de las organizaciones del tercer sector social de Euskadi en las funciones de planificación e innovación, y concretamente en el diseño, planificación, evaluación y mejora de la red de recursos de cada sistema o espacio y en el diseño, ejecución, evaluación y mejora de prestaciones y servicios experimentales.
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Proeli/es-pv/l/2016/05/12/6#art-11