Art. 45
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO VIII

Art. 45

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En vigor desde 1 ene 2016
Con efectos desde 1 de enero de 2016 queda suprimido el impuesto sobre los grandes establecimientos comerciales de la Comunidad Autónoma de La Rioja regulado en los artículos 35 a 48 de la Ley 7/2012, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2013.
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