Título TÍTULO II
Art. 22
Derogado23 / 44En vigor desde 1 ene 2016
El plazo máximo previsto en el artículo 17.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental para la elaboración del estudio ambiental estratégico, y para la realización de la información pública y de las consultas previstas en los artículos 20, 21, 22 y 23 será de quince meses desde la notificación al promotor del documento de alcance, con excepción de los planes generales de ordenación urbana y los planes supramunicipales, que será de dieciséis meses.
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Tus anotaciones
Proeli/es-cb/l/2015/12/28/6#art-22