Art. 60
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 60

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En vigor desde 11 abr 2015
En el censo general de instalaciones juveniles, adscrito al Instituto Aragonés de la Juventud, se inscribirán todos los albergues, residencias y campamentos juveniles, así como cualquier otra modalidad de instalación juvenil, autorizados o reconocidos de acuerdo con lo dispuesto en la presente ley.
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