Art. 37
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 37

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En vigor desde 11 abr 2015
1. Las políticas de juventud del Gobierno de Aragón promoverán la salud y la adopción de hábitos de vida saludable por la población joven, a través de programas, proyectos o campañas específicos dirigidos a ella. 2. Las Administraciones públicas competentes elaborarán programas y campañas específicas de formación y orientación de padres y madres y de otros agentes educadores en la adopción de hábitos saludables.
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