Título TÍTULO V›Secc. De la política de protección pública de vivienda
Art. 53
57 / 90En vigor desde 2 jun 2022
La Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia establecerá cauces de cooperación y colaboración con otras administraciones públicas para garantizar el derecho a una vivienda digna en la Región de Murcia y la lucha contra la ocupación. Asimismo, las administraciones locales deberán comunicar a la Administración regional los casos de ocupación detectados en sus municipios.
Se modifica por el .20 de la Ley 3/2022, de 24 de mayo. Ref. BOE-A-2022-11317 Se modifica por el .20 del Decreto-ley 10/2020, de 8 de octubre. Ref. BORM-s-2020-90407#a1 Se modifica por el .7 de la Ley 10/2016, de 7 de junio. Ref. BOE-A-2016-6647 .
Tus anotaciones
Proeli/es-mc/l/2015/03/24/6#art-53