Art. 26
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 26

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En vigor desde 14 nov 2025
El precio máximo de venta o el precio de referencia para el alquiler de las viviendas protegidas y sus anejos, por metro cuadrado de superficie útil, tanto en primera como en segunda y posteriores transmisiones se establecerá mediante orden de la consejería competente en materia de vivienda. Se deja sin efecto la modificación por Resolución de 31 de octubre de 2025, que publica el Acuerdo de la Asamblea Regional de Murcia por el que se deroga el Decreto-Ley 3/2025, de 2 de octubre. Ref. BORM-s-2025-90271 Se modifica por el .7 del Decreto-ley 3/2025, de 2 de octubre. Ref. BORM-s-2025-90237

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Pro

eli/es-mc/l/2015/03/24/6#art-26