Art. Disposición final quinta
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición final quinta

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En vigor desde 26 jun 2015
La Lonja Agropecuaria de Extremadura podrá seguir desempeñando funciones de mejora de la transferencia y de la información pública de la cadena alimentaria de conformidad con lo establecido en las normas dictadas en materia de competencia.
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