Art. 116
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 116

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En vigor desde 26 jun 2015
1. El programa especial de riego RECAREX se adscribe a la Dirección General competente en materia de regadíos, y sus datos serán facilitados al resto de órganos interesados para su utilización en las actuaciones propias de su competencia. 2. Las determinaciones analíticas se llevarán a cabo en Laboratorios dependientes de la Consejería competente en materia de Agricultura.
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