Art. 19
Título TÍTULO III

Art. 19

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En vigor desde 10 abr 2015
1. Desde la Generalitat se fomentará el fortalecimiento de la imagen identitaria del pueblo valenciano en los medios de comunicación. 2. La actividad descrita en el apartado anterior no sólo se desarrollará en los medios audiovisuales y escritos tradicionales, sino también a través de todas aquellas plataformas, aplicaciones y dispositivos que permitan desplegar una acción multimedia y emplear toda la potencialidad de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
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