Art. Disposición adicional primera

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 9 may 2014
El Gobierno introducirá en el Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, las modificaciones necesarias con el fin de que el color de la señal luminosa de todos los vehículos prioritarios sea azul.
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