Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional octava
113 / 131En vigor desde 10 dic 2024
(Suprimida)
Se suprime por el art. 109.13 de la Ley 6/2024, de 5 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-1#a1-21 Tengase en cuenta que esta disposición ya había sido suprimida por el Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio. Se suprime por el .13 del Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio. Ref. DOGV-r-2024-90142
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2014/07/25/6#disposicion-adicional-octava